de dichas Leyes, como, aplicando una cláusula análoga de la Constitución de los Estados Unidos, lo dijo Marshall en el caso de Cohens versus Virginia (6 Wheaton, 379) y lo explicó detenidamente al fundar la sentencia de la Suprema Coren el caso Osborn versus The Bank of the United States (9 Wheatoit, 738, 816).
En conclusión, opino que la contienda trabada entre el Juez Federal y el Juez ordinario de la Capital, debe decidirse en- favor del primero, y emito este dictamen en la inteligencia de que el Procurador Fiscal de Primera Instancia ha interve nido en su calidad de representante y defensor de la cansa pública y de la jurisdicción delos tribunales federales y no como representante del Fisco, ni de la Caja, la cual deberá ser oportimamente notificada de la solución de este incidente, José Nicolás Matienzo.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA -
Buenos Aires, Diciembre 1) de 191". — Autos y Vistos: Los de contienda de competencia entre un Juez Federal de la Capital y otro de Primera Instancia en lo Civil de la misma para conocer del juicio instavrado por — el doctor Nicanor González del Solar (hijo) conira ta Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones, Y considerando:
Que la demanda en lo substancial tiene por nbjeto dejar sin efecto una resolución general de la Caja, feha 14 d Mayo del año 1917, por la que "dispuso prescindir de to.
dos los mandatos y no pagar sino a los jubilados en tabla y mano propia" (fojas 1 vuelta).
Que tal resolución fué dictada en aplicación de la «lis.
puesto por los artículos y y 15 del Decreto Reglamentario de Octubre 19 del año 1904.
Que notificado el Presidente de la Caja de dicha demanda presentada ante la justicia ordinaria, aquél la elevó al Ministerio de Tacienda con los antecedentes del caso a fin de
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Año: 1919, CSJN Fallos: 130:397
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