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Fallos: 130:401 de la CSJN Argentina - Año: 1919

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-k 0. 9 JUSPICIA JE LA Nación a JE E. felále y otros contra: el Gobierno de la Nación, sobre cobro de "a pesos. — Rodriguez Larreta. : e
SENTENCIA 0 LA CÁMARA PEDEZAL Be. AVELACIONES A

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Nación por consepto — mejemimente — de utilidad pública. h Que de comiguiente; siendo la expropiación por milidad —.

"como entidad política y que como él no pueden ejercitar las :

otras personas de existencia. vieile o juridica por sí, es indu :

— dable que la acción mb lite es consecúencia de un acto de la 7 "Que siendo ello así, no procede que se dé curso e la de. a ---.-. manda mientras no se oltenga la respectiva: venia del Hono. . | Por estas consideraciobhes y los fundamentos del ato :

apelado ee declara que no corresponde por ahora dar curso a ds mola y otros contra el Gobierno de la Nación. — T. Arias. — H En disidencia de fundamentos: Miguel: L. Jastas. —- Manuel -——-°.—> B. de Ancharons. — En disidencia: Marcélino: Escolado. — Ra A. Urdinarroin. e. | NINA La recmanENTES.

Vistos y Considerando:- + = 1°. Que para la determiención: del: carácter: con que. ha = procedido la: Nación en el: casomub- judio: debe apreciarse 1a - - | naturaleza del acto que ha dado motivo al presente juicio. a 2 -Que según comta: de sitos la Nación ha: cenpado el lote de terreno de que se trata y Cuya: propiedad descono- a 1 ce al demandante. en su carácter de propietario de dicho in- y

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Año: 1919, CSJN Fallos: 130:401 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-130/pagina-401

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