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Fallos: 130:382 de la CSJN Argentina - Año: 1919

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niéndose el reo a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, conjuntamente con los objetos encontrados en su poder.

A. Bermejo. — D. E. Paracio; — J. FicuEros Arcorra — Ra

MÓN MÉNDEZ.
Don José Maradei contra el Gobierno Nacional, sobre indemnización de daños y perjuicios Sumario: "Tiene derecho a ser indemnizado por la Nación con arreglo a lo dispuesto en el artículo 22, incisos a, b y € de la ley 9,088, el obrero que hallándose al servicio de aquélla, contrae la enfermedad llamada soturmismo y queda incapacitado para dedicarse a su profesión y disminuida en un 50 por ciento sit capacidad para el trahajo.

Caso: Lo explican las piezas siguientes:


SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, Septiembre 19 de 1019.

Y vistos: los promovidos por José Maradei, contra cl Gobierno de la Nación, sobre indemnización de daños y perjuicios, de los que resulta: y 1." Que de fojas 10 a 11 se presenta don Arturo Delle piane, en representación de don José Maradei — documento de fojas 1 — manifestando que promueve demanda contra la Nación, por cobro de la cantidad de 3.120 pesos moneda nacional, -que le corresponde a su mandante como indemnización de acuerdo con las disposiciones de la ley número 9.688 y Decreto Reglamentario.

2." Que su representado trabajaba como pintor en el Mi

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Año: 1919, CSJN Fallos: 130:382 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-130/pagina-382

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