fiquese, repóngase el papel y archivese: Devuélvanse los autos venidos a requisición del señor Procurador General al tri bunal de procedencia con transcripción de la presente.
A. BERMEJO. — NICANOR G. DEL
Sonar, — D. E. Paració. — J-. Ficueros Arcorta, — Ra
MÓN MÉNDEZ.
Don Leandro García, en los autos don Agustin Zavala (su sucesión), por "petición de herencia: sobre embargo precentivo, Recurso de hecho, Sumario: - No procete el recurso extraordinario del articulo 14, ley 48, coutra una resolución denegatoria de un embargo preventivo, fundada en la apreciación de circonstancias probatorias en otro juicio, para aplicar disposiciónes de carácter procesal.
Caso: Lo explican las piezas siguientes :
" DICTAMEN DEL, SEÑOR PROCURADOR GENERAL Buenos Aires, Septiembre 9 de 1919.
Suprema Corte: , Don leandro García, como cesionario de doña Francisca Zavala, en autos con la sucesión de don Agustin Zavala sobre petición de herencia, recurre de hecho contra un auto de la Cámara de Apelaciones en lo Civil de la Capital denegándole un: embargo preventivo, auto fundado en no haber prueba suficiente que haga verosímil el derecho del actor y en haberse declarado falsa en un juicio anterior una partida de nacimiento invocada.
Todos estos son puntos de hecho que escapan a la jurisdicción de la Corte Suprema en el recurso sobre cuestiones de
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Año: 1919, CSJN Fallos: 130:176
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