Que es verdad que en el escrito de fojas 24, en segun«la instancia, consideración 3", expresa ue el auto que le deniega el embargo prejuzga sobre el fondo de la cuestión de petición de herencia y le priva por eso del derecho de defensa Por ello y de acuerdo con lo dictaminado por el señor Procurador General se declara no haber lugar al recurso. Notifiquese original y repuesto el papel archivese, devolviéndose los autos venidos por vía de informe con testimonio de la presente. A, Bermejo. — NICANOR G. DEL Sotar. — D. E. Patacio. — J. Ficuenos ALcorra. — RaMÓN Méxnez, r Don Temás Lilizondo, en la causa seguida en su contra, por infracción a la ley 4.531. Recurso de hecho. Sumario: No procede el recurso extraordinario del artícilo 14, ley 48, en un caso en que tanto la sentencia del —. Juez de Primera Instancia como la de la Cámara, no han tomado en consideración ni resuelto cuestión alguna federal, por haber sido formuladas después del pleito y al interponerse el recurso para ante la Corte Suprema. Caso: To explican las piezas siguientes: . ...—. Me
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Año: 1919, CSJN Fallos: 130:179
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