Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 13:117 de la CSJN Argentina - Año: 1872

Anterior ... | Siguiente ...

de la ley orgánica de esta Corporacion ; se declara de conformidad con lo pedido por el Señor Procurador General, que el presente recurso, no está comprendido en ninguno de los casos que enumera el artículo catorce de la ley de catorce de Setiembre de mil ochocientos sesenta y tres; sobre jurisdiccion y competencia de los Tribunales Nacionales. Satisfechas las costas y repuestos los sellos, devuélvase en consecuencia los aulos, con oficio.

SALvaDoR Mania DEL CAnnin.—FRancisco Dencano. — José Banos Pazos. — José B. GonosTiaGa.

—Úo lo

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

74

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1872, CSJN Fallos: 13:117 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-13/pagina-117

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 13 en el número: 117 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos