CAUSA XXV,
D. Estanislao de la Reta contra D. Antero Barriga, sobre cumplimiento de contrato.
Sumario. — 19 El juicio declarativo de quiebra en país extrangero, no puede cumplirse en la República en perjuicio de terceros, contra los cuales no tiene la autoridad de cosa juzgada.
20 Decaido el demandado del derecho de contestar la demanda, el actor obtiene lo que pide si fuera justo y para hacer constar esta justicia el juez está autorizado por los art. 185 y 186 de la ley de enjuiciamiento para recibir la causa á prueba.
30 La parte que ha consentido el auto de prueba y aprovechado su término, no puede sostener que el juez no tenia derecho á dictarlo.
40 El simple certificado de un escribano declarando haberse tomado razon de una hipoteca, no e$ prueba suficiente del carácter hipotecario de la escritura relativa, máxime, cuando falten en ella la constancia de su registro, y la delerminacion de los límites y linderos de la finca que so dice hipotecada.
50 No es válida contra los terceros la toma de razon
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Año: 1872, CSJN Fallos: 13:118
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