Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 129:230 de la CSJN Argentina - Año: 1919

Anterior ... | Siguiente ...

Don Vicente Llera y don Benito Fresno, contra la provincia de San Latis,.por inconstitucionalidad de leyes, nulidad de procedimientos y cobro de pesos; sobre informe en derecho.

Sumario: Con arreglo a la ley número 3.375, de Agesto 3 de 1896, debe prescindirse en la tramitación de las causas de jurisdicción originaria, del informe en dereche, que autoriza el artículo 218 de la ley nacional de procedimientos.

Caso: Lo explica el siguiente:


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Mayo 15 de 1919.

Vista la solicitud procedente y considerando:

Que con arreglo al artículo 7.° de la ley 3.375 de Agosto 3 de 1896 en las causas de jurisdicción originaria las partes podrán dentro de los tres días siguientes a la notificación de la providencia de autos, hacer la manifestación mencionada en el artículo 5, es decir, solicitar día para informar "in voce", prescmdiendo del informe en derecho que autorizaba el artículo 218 de la ley nacional de procedimientos, ne ha lugar a le solicitado.

A. BErMeJO. — D. E. Paracito. — J. FIGUEROA Ar

CORTA.
Don Zenén Calderón de la Barca y Piñeyro (sit concurso).

competencia.

Sumario: No estando terminada la tramitación de un juicio sucesorio por no ¡haberse practicado todavía la división

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

68

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1919, CSJN Fallos: 129:230 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-129/pagina-230

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 129 en el número: 230 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos