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Fallos: 126:161 de la CSJN Argentina - Año: 1917

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DE JUSTICIA DE LA NACION 161 transcripción de este auto, del escrito y cartas de fs. 6 a 13 y del dictamen fiscal de fs. 14. — Sohar Ruiz.


DICTAMEN DEL, SEÑOR PROCURADOR GENERAL
tuesos Aires, Agosto 17 de 1917.

Suprema Corte:

De los antecedentes agregados a estas actuaciones se desprende que el contrato pasado entre el actor y el demandado, tenía por objeto la- administración de las fincas "La Clara" y "San Isidro", situadas en la provincia de San Juan, y que la — demanda instaurada versa sobre el cumplimiento de dicho contrato. De esto se desprende, que es juez competente para conocer en el presente juicio. el señor juez federal de San Juan, dado que, a estar a lo que dispone el artículo 1212 del Código Civil. concordante con la ley 32, título 2.", partida 3", el lugar del_ cumplimiento de los contratos, cuando en ellos no estuviere designado, lo será el que indique la naturaleza de la obligación contraida, o el que resulte señalado explícita o implicitamente para su ejecución con preferencia al del domicilio —° del demandado. En este sentido V. E. tiene sentada una jurisprudencia uniforme. (Fallos, XCI1, 380; CXIIT, 392; CXV.

213 y 222).

En su mérito. pido a V. E. se sirva declarar que el conocimiento del juicio corresponde al señor juez federal de San Juan. Julio Botet.

FALLO DE LA CORTE SUPREMA -
Buesos Aires, Septiembre 18 de 1917.

Autos y vistos: la presente contienda de competencia entre el señor juez federal tle San Juan y el de comercio de esta Capital para conocer del juicio promovido por don Arístides p Zarracan contra don Eduardo Zimmermann sobre cumplimiento de contrato, .

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Año: 1917, CSJN Fallos: 126:161 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-126/pagina-161

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