Don Miguel López, formula denuncia por defraudación de estampillas. — Competencia negativa Sumario: Corresponde a la justicia nacional el conocimiento de un juicio por defraudación de estampillas establecidas por la ley de papel sellado, número 4927, que se dice cometido por empleados de un Juzgado de Paz de la Capital. (Se trataría de la violación de una ley de carácter nacional, cual es la de" papel sellado, en asuntos que corespondan al fuero nacional).
Caso: Resulta del siguiente:
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Septiembre 11 de 1917. — Autos y vistos: los de contieñda de competencia negativa suscitada entre el Señor Juez Federal en lo Criminal y Correccional de la Capital y el de Instrucción de la misma jurisdicción para conocer de la denuncia sobre defraudación de estampillas formulada por don Miguel López ante el Ministerio de Justicia e Instrucción Pública.
Y considerando:
Que el conocimiento de los delitos en violación de las leyes nacionales de carácter general, como son entre otros todos aquellos que tiendan a la defranu..ción de sus rentas, son de la competencia de los jueces de sección como lo dispone ex- :
presamente la ley número 48 y el Código de Procedimientos en lo Criminal. Artículo 3", inciso 3." y 23, inciso 3", respec- > tivamente. Que en este caso se encuentra la denuncia en cuanto ella se refiere a la defraudación de estampillas de cincuenta centavos establecida por la ley de papel sellado número 4927, delito que se dice metido por empleados del Juzgado de Paz de la Sección JS ,
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Año: 1917, CSJN Fallos: 126:156
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-126/pagina-156
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