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Fallos: 125:406 de la CSJN Argentina - Año: 1916

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DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Muenos Aires, Julio 19 de 1917.

Suprema Corte: ° Según resulta del presente sumario, los hechos delictuosos que lo motivan, consisten en la propaganda de doctrinas anarquistas y en la incitación a apoderarse de los cereales que los agricultores tuviesen en sus galpones. No aparece. prima facie, que estos hechos afecten la seguridad de la Nación, ni tampoco que hayan sido cometidos en parajes en donde el Gobierno Nacional tenga absoluta jurisdicción, como sería necesario para que fuere procalente la competencia de la justicia federal, con arreglo a lo dispuesto por el art. 37" de la ley 48 y articulo 4 «del Código de Procedimientos en lo Criminal, Esto sentado, y teniendo en cuenta la reiterada jurisprudencia de esta Corte Suprema sentada en los casos que se nencionan en la resolución de fojas 24. con motivo de procesos análogos al presente, en los que se ha fijado el alcance de la disposición contenida en el articulo 32 de la ley 702, solicito de V. E. se sirva declarar que el conocimiento de esta causa corresponde al señor Juez del Crimen de la cindad de San Nicolás.

Julio Botet.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Julio 24 de 1917.

Matos y Vistos: Los de contienda de competencia negativa:

entre el Juzgado de Sección de La Plata y el del Crimen de San Nicolás para conocer en los autos caratulados "Ministerio Fiscal contra Modesto González sobre infracción a la ley de Defensa Social".

Y considerando:

Que no resulta acreditado que los hechos delictrosos imputados al procesado y que han dado origen a la presente contienda de competencia se hayan ejecutado en un lugar

É -

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Año: 1916, CSJN Fallos: 125:406 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-125/pagina-406

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