Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 124:364 de la CSJN Argentina - Año: 1916

Anterior ... | Siguiente ...

251 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA mente, constituyen instrumentos públicos cuya falsedad no ha sido demostrada por la defensa. Por el contrario, tales instrumentos aparecen corroborados por las declaraciones que ya antes había tomado el encargado de la comisaria de Gastres ante los testigos Pedro Jara, y Antonio Cosme, y por las declaraciones de Garcia, Singler, Rosa y Necol (declaraciones citadas). quienes oyeron el relato que ambos procesados hicieron al referido empleado policial, en el momento de ser deto:

nidos, presenciando asimismo la busca y hallazgo del cadáver e que la policia realizó, guiada por ambos procesados. Menos valor aun tienen las desantorizaciones de la confesión primera prestada por ambos procesados ante la manifestación que Jose Angel hizo al final de la que prestó ante la policia. fs. 21, donde preguntado si tenía algo que agregar a lo declarado, dijo "que su tio le dijo que cuando declare al juez, le diga que el solo fué quién mató a Toro": y consecuente con su plan es que Vicente intentó ocultar la verdad ante la misma policía, lo que no consiguió, como queda visto, produciéndose ante el juez en la forma que queda relatado.

Que, según lo revela la propia confesión de los procesados y lo confirma el examen del cadáver, la muerte de Juan de la Cruz Toro no ha tenido lugar como consecuencia de la agresión de José Angel, que solo hirió a aquél en una mano, sino a consecuencia de los numerosos garrotazos que le asestó Vicente. Este debe ser considerado pues, como antor del delito de homicidio previsto por el art. 1" capítulo 1.° de los delitos contra la vida de la ley de reformas al Código Penal.

ya que no hay sino simples presunciones de un complot formado por ambos procesados para realizar el delito; y debe computársele la agravante del art. 84 inc. 13 del Código Penal.

Que en cuanto a José Angel Méndez, su cooperación et:

el delito: está claramente establecida en su confesión, transcripta al principio: obedeciendo al mandato de si tío, descargó sti revolver contra la victima, y aprovechando de la sorpresa producida por los disparos. Vicente se fué sobre Toro y le ultimó a palos, antes de que tuviera tiempo de intentar la

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

65

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1916, CSJN Fallos: 124:364 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-124/pagina-364

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 124 en el número: 364 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos