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Fallos: 124:208 de la CSJN Argentina - Año: 1916

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artículo 16 de la ley 18), concordante con el 17 de la Constitución.

Caso: Lo explican las piezas siguientes:


SENTENCIA DEI, JUEZ FEDERAL
Rosario, Mayo 35 de 1914.

Y vistos: estos seguidos por el señor Clodomiro Ledesma contra la Empresa del Puerto del Rosario, sobre expropiación.

Ce los que resulta:

1," De fs. 8 a 10 el procurador señor Diego del Castillo, en representación del señor Clodomiro Ledesma se presenta a este juzgado y manifiesta: Que viene a interponer contra la Empresa del Puerto del Rosario, por la ocupación sin expropiación previa, la acción que corresponda, de parte del terreno de propiedad de su mandante conocido por el "Embarcadero Antwerpia". Que si mandante compró a la sociedad Ledesm:: á Herrvanos, en 7 de Marzo de 1902, según la escritura que adjunta, el expresado inmueble de cuya forma, dimensiones y vbicación da cuenta el plano también agregado del ingeniero Caligaris. Que su mandante destinó la finca al uso que ya tenía desde muchos años determinado por su situación excepcionalmente ventajosa sobre el río Paraná. Que existen alli valiosas instalaciones para el comercio de ultramar. Que la profundidad del río permite atracar a los grandes trasatlánticos, y el señor Ledesma contintó haciendo servir la finca para embarcadero. ' Que después de iniciadas las obras del puerto, la empresa concesionaria ha seguido ocupando terrenos sin respetar 1.

propiedad privada, con la teoría, ya tan maltrecha, pero aun no abandonada, del dominio público nacional y de la cota 5. 20.

Que su mandante ha corrido igual suerte que los otros propietarios la que en verdad no había porque esperar que fuera distinta. Que la empresa se ha-instalado con sus obras en todo el frente del embarcadero y ha rodeado la canaleta que se ve en las fotografías que adjunta, de tal modo que ésta viene a quedar como una cuña metida en el muelle de la empresa. Que esas

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Año: 1916, CSJN Fallos: 124:208 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-124/pagina-208

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