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Fallos: 124:160 de la CSJN Argentina - Año: 1916

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160 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Mendoza ejercían la procu....ión ante la justicia nacional y la provincial, teniendo sus placas y estudio en el mismo local del juzgado federal, infringiendo, en esa forma la acordada del tribunal de 11 de abril de 1912.

Pedido informe al juez, éste lo evacuó diciendo que, en efecto, ambos secretarios ejercían la procuración ante los tribunales locales de la provincia, siendo inexacto que lo hicieran ante el juzgado federal.


DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Agosto 3 de 1916.

Suprema Corte:

De la exposición hecha por cl señor Juez Federal de Mendoza, se desprende que los secretarios de ese juzgado ejercen la procuración en los tribunales provinciales de esa ciudad, por lo que debe hacerse efectivo lo dispuesto en la acordada de esta Corte Suprema de fecha 11 de abril de 1912, que aplicó el articulo 183 de la ley orgánica de los tribunales de la capital, en lo relativo a la incompatibilidad de las funciones de secretario de juzgado con el ejercicio de la procuración y del comercio, En su mérito, y conforme a lo resuelto por esta Corte Suprema acerca de la superintendencia que le corresponde en casos como el presente, por tratarse de las incompatibilidades que pesan sobre los secretarios de los juzgados de sección Fallos. tomo 116 pág. 304 ), pido a V. E. se sirva hacer saber al señor Juez Federal de Mendoza que debe intimar a los secretarios de su juzgado que dentro del término de siete días, deben optar por el ejercicio de la procuración o del cargo que ine: visten, dando cuenta a esta Corte Suprema.

Julio Botet.

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Año: 1916, CSJN Fallos: 124:160 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-124/pagina-160

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