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Fallos: 124:121 de la CSJN Argentina - Año: 1916

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Don Emilio Turralde, escribano nacional de marina del Puerto de La Plata, solicita el traslado de su oficina a la Capital Federal.

Sumario: No incumbe a la Corte Suprema autorizar la trastación de oficinas de las escribanías de marina.

Cuso: El escribano de marina- de La Plata, don Emilio C. Tru rralde, se presentó a la Corte Suprema solicitando el traslado a la Capital Federal de la escribania que regentenba, en razón de que muchas de las escrituras que debían extenderse ante ese registro, eran hechas por escribanos de esta capital, con lo que se le ocasionaba a aquélla una paralización casi completa.


DICTAMEN DEI, SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Septiembre 9 de 1016.

Suprema Corte:

La solicitud en trámite debe ser dirigida al Poder Ejcerntivo, al que compete con arreglo a lo dispuesto por el art. 171 de la ley 18093, la ereación de nuevos registros, dentro de cuya facultad debe comprenderse la de decretar el traslado de las oficinas antorizadas; a esta Corte Suprema solo incumbe, de acuerdo con el deereto de 30 de diciembre de 1884, la superintendencia e inspección de las cseribanías de marina, sin perjuicio de la dependencia de los Ministeri s de Justicia y de Marina.

Julio Botct.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Septiembre 26 de 1916.

Téngase por resolución del tribanal el precedente dictamen del señor Procurador General y archívese, previa devo

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Año: 1916, CSJN Fallos: 124:121 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-124/pagina-121

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