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Fallos: 123:79 de la CSJN Argentina - Año: 1916

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DE JUSTICIA DE LA NACION 7 Li Y Considerando:

Que habiéndose cumplido en tiempo las exigencias del artículo 120 de la ley nacional de procedimientos al indicar los nombres, profesión y domicilio de los testigos del actor, com> consta a fojas 8 del cuaderno de prueba del mismo, no pudiendo imputársele omisión o negligencia respecto a la presentación anticipada del interrogatorio respectivo, déjase sin efect :

la providencia de fecha Febrero 12 y hágase saber. Repóngase el papel.


A. Bermejo. — NICANOR G. DEL
SoLar, — D. E. PALAcio. —

J. FIGURROA ALCORTA. :


CAUSA XXII
Don José Arce, presidente de la junta ejecutiva del Partido Conservador de la provincia de Buenos Aires, formula demuncia contra el Juez Federal de Bahía Blanca.

Sumario: La Corte Suprema no es competente para conocer de una denuncia contra un juez federal, por la realización de actos fuera de sus atribuciones, que a juicio del denunciante "revelan al par que desconocimiento de reglas juridicas elementales, una invasión a la jurisdicción provincial y un propósito deliberado de intervenir en la lucha política".

Caso: Don José Arce, como presidente del partido conservador de Buenos Aires, se presentó en queja contra el juez federal pr - ° , a

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Año: 1916, CSJN Fallos: 123:79 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-123/pagina-79

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