SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL, < Buenos Air°s, Noviembre 24 de 1914. e Y vistos: Los seguidos por la Compañía General «le Ferro- y carriles en la Provincia de Buenos Aires, contra doña Margarita Reid de Ackerley, hoy Juan J. Echevarría, por expropiación H de una fracción de tierra ubicada en esta Capital, co1 una su- :
perficie de mil setecientos sesenta y dos metros, sesenta y seis |] decimetros cuadrados, que necesita para la construcción de la | vía del túnel al Puerto de la Capital de acuerdo con la conce- 7 sión de la ley N". 4417. 3 Y considerando: 3 Que no habiéndose objetado a la actora el derecho que la i asiste para proceder al desapropio del inmueble en cuestión, el :
único punto a resolver queda reducido a determinar el valor ; venal de la tierra y la indemnización por los perjuicios que le hnbiera causado, teniendo presente la disposición de la ley nú- ; mero 189 y el art. 2511 del Código Civil. a Que la Compañía General de Ferrocarriles en la Provincia —.
de Buenos Aires, manifestó en su escrito de fs. 3, que estimaba 4 el valor del terreno y los perjuicios que la expropiación pudiera , _ | ocasionar en la suma de treinta y cinco mil doscientos cincuenta | y tres pesos, veinte centavos moneda nacional. : E Que estudiadas las constancias de autos, como asimismo 3 el mérito que arrojan los informes periciales de fs. 16, 18, y el tercero designado por el juzgado a fs. 24, el infrascripto llega a — la conclusión que, teniendo en cuenta la ubicación de esta propiedad como lo hacen notar los informes de fs. 18 y 24, es , equitativo aceptar el precio de treinta y dos pesos el metro J cuadrado de tierra que fija el tercer perito a fs. 27, y siendo ° la totalidad de la misma mil setecientos sesenta y dos metros, 4 sesenta y seis decímetros cuadrados, importa la referida expro4
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Año: 1915, CSJN Fallos: 122:285
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