De 2 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA | ver con el que le hizo un disparo, ignorando si dió en el blanco, fs. 20 y 20 vta.
Ante el juez, más tarde, confesó que dijo a Mendoza y su hermano, le era suficiente ver lo que ocurría con los certificados para conocerlos, no pudiendo negar su nacionalidad (chilena) y que Jauregui tomando entonces la parte de ellos, le expresó que no igualara a todos, y haciendo ademán de sacar armas, le dijo se fuera a la g... p..., y como por otro antecedente anterior que refiere, creyó que iba a sacar armas, echó mano a su revólver con el cual le apuntó, "sin intención de hacer fuego, pero que en movimiento brusco que hizo, salió el tiro hiriendo a Jauregui..." fs. 31 vta.
Que no ha ocurrido exactamente así el hecho de que se trata, lo dicen todos los testigos presenciales, en efecto, después de referir Agustin Andrade los insultos y amenazas con revólver de que Jacinto Rodríguez hizo víctima a Carmen Mendoza, refiere también que Rodriguez acto seguido, trató de igual manera a Manuel Jauregui quien le manifestó que esas cosas se las debía decir en el campo, donde siempre andaba solo y no en una casa de negocio como la en que se hallaban, a lo que contestó Rodriguez que era hombre de decirlo en cualquier parte y «que saliera si quería ; agregando el testigo ( Andrade) que como Jáuregui no hiciera mención de nada, quedándose en el mismo sitio en que estaba, Rodríguez le apuntó con un arma a distancia de cuatro o cinco metros, y habiéndole dicho Jáuregui con este motivo "tire si va a tirar", Rodríguez le hizo el disparo y lo hirió, fs. 6 y 6 vta. :
Joaquín Vera encontró discutiendo a Rodríguez y Jáuregui el que le dijo miente y que no era el momento y sitio (la casa de negocio) para gritar, habiendo al efecto en el campo demasiado lugar, a lo que Rodriguez le contestó que lo siguiese, cosa que no hizo Jáuregui, diciéndole éste que no había que estar gritando y compadreando, momento en el cual Rodriguez le disparó un tiro hiriéndolo... fs. 23.
José del Carmen Mendoza declara haber sido objeto de insultos y amenazas con revólver por parte de Rodriguez, sin otra |
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Año: 1915, CSJN Fallos: 122:28
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