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Fallos: 121:441 de la CSJN Argentina - Año: 1915

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DE JUSTICIA DE LA NACION 4"

CAUSA LXXNXII
Ferocarril Central de Buenos Aires contra don Estéban Pando y otros, sobre expropiación Sumario: No procede el recurso extraordinario del art. 14, ley 48, contra una sentencia en juicio de expropiación, en que solo se ha debatido entre partes y sido materia del fallo, enestiones de hecho sobre la extensión de la tierra a expro piarse, su precio y monto de la indemnización, Caso: Resulta del siguiente:


FALLO DE 1,4 CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Agosto 24 de 1915.

Vistos y considerando :

Que en la presente causa promovida por el Ferrocarril Central de Huenos Aires, por expropiación, sólo se han debtido cuestiones de hecho suscitadas entre las partes, sobre la extensión de la tierra a expropiarse, st precio y el monto de la indemnización, que debía acordarse por perjuicios, todo lo que resuelve la sentencia de fs. 84, tomando para ello exclisivamente en consideración los elementos de juicio suministrados por los peritos nombrados y lo alegado al respecto. .

Que apelada esta sentencia por considerarse excesivas las sumas mandadas pagar por el precio y perjuicios, la Cámara Federal «de La Plata se ha limitado a confirmarla por juzg.r equitativa la estimación que hace cl inferior, fs. 98 vta.

Que la inteligencia y aplicación, en el caso, de lo establecido en el art. 15 de la ley número 189 a que se hace referencia

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Año: 1915, CSJN Fallos: 121:441 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-121/pagina-441

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