— e FALLOS DE LA CORTE SUPREMA dos años, argentino, soltero, criador, domiciliado en Santo DoÉ mingo, Departamento de Picun-Leufú, en este territorio, de cu| yas constancias resulta:
Que el día diez y siete de octubre de mil novecientos doce, E el gendarme Francisco Pollero denunció a la comisaria de Las H Lajas que en la casa de negocio de Alberto Trannack y Cia., siE tuada en Santo Domingo, se había cometido un homicidio, prac ticadas las diligencias del caso se comprobó que la víctima se llaí maba Domingo Mellado, quién había recibido dos heridas con re vólver, una en la frente y otra en el corazón, inculpándosele del hecho a Lorenzo Segundo Vergara. Este presta declaració: indagatoria a fs. 10 vta. ratificada ante este juzgado a fs. 21, y confiesa haber dado muerte a Domingo Mellado en las siguientes circunstancias : que el día diez y seis en la tarde, después de ayudar a señalar unos corderos y chivos a Alfredo Contreras, socio de la casa Trannack y Cía., se alojó en dicha casa donde también se hallaba Bartolo Mendoza y el peón Domingo Meilado; esa tarde, Mellado lo habia provocado diciéndole que lo iba -. matar, amenaza que anteriormente habiale hecho ante el gendarme Nazario Alfaro y José Pantaleón Marín, y esto lo originaba la circunstancia de haberlo hecho detener a Mellado por hurto de una yegua con oría, en la mañana del día diez y siete, pozo después de la salida del sol, el dec'arante y Bartolo Mendoza estaban tomando mate e la cocina de la casa de negocio cuando se presentó alli Mellado y en actitud provocativa desafió al declarante a que saliera al patio a fin de pelear y matarlo ; un rato después el deelarante salió de la cocina con el propósito de retirarse a si casa, cuando a poco andar se encontró con Mellado que esgrimía un rebenque en una mano y una piedra en la otra, atropelándolo en actitud de agredirlo e invitándo'o a pelear, fué entónces que el declarante le hizo un disparo de revólver con la intención de inti midarlo, pero Mellado lo atropelló nuevamente hacióndo'e el «e- í clarante un segundo disparo, volviéndose a la cocina seguido por Mellado, quien se paró en la puerta, y alli estuvo hasta que la
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Año: 1914, CSJN Fallos: 120:116
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