Fallo de la Suprema Corte.
Buenos Aires, Diciembre 3 de 1872.
Vistos : por sus fundamentos se confirma con costas el auto apelado de foja veinte, y salisfechas y repuestos los sellos, devuélvanse.
SALvaDOR M. DEL CARRIL.— Francisco DeL61DO.-- José Barros Pazos.—Jost B. GoRrosTIAGA.—J. DOMinGUEz.
—— A NECE
CAUSA CXLII
Don Juan M. Nuñes, contra Don José (. Gomez por cobro de pesos.
Sumario. — 10 El hecho de encontrarse animales del demandante en potreros del demandado, hace presumir el contrato de pastoreo, aun cuando no se justifique que hubo convenio espreso al respecto.
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Año: 1871, CSJN Fallos: 12:464
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