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Fallos: 12:419 de la CSJN Argentina - Año: 1871

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vo á fin de que lo resuelva segun estime conveniente, por ser él, segun la ley y á pesar de los inconvenientes que este procedimiento ofrezca, la única autoridad competente para decidir sin apelacion esta clase de cuestiones, mientras no se cree y establezca la Direccion General de Aduanas.

SALvapon M. DEL CARRIL.— Francisco DeLGADO.—JosÉ BAnnos Pazos.—José DB. GorosTIAGA.—J. DoMinGuez.


CAUSA CXX XIII.
Pini y Roncoroni Hnos. contra Don Lorenzo Grasso, por cobro de pesos.

Sumario. — No puede ocurrirse 4 la Suprema Corte en apelacion de sentencia de los Tribunales Superiores de las Provincias, cuando el recurso no está comprendido en ninguno de los casos del art. 14 de la ley sobrs jurisdiccion y competencia de los Tribunales Nacionales.

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Año: 1871, CSJN Fallos: 12:419 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-12/pagina-419

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