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Fallos: 12:415 de la CSJN Argentina - Año: 1871

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confirmó la clasificacion del Vista y el Administrador ordenó á Bemberg, Heymendhal y Ca. al pago de 1 gt.

por millar y á la multa de dobles derechos sobre la diferencia de los aforos.

Bemberg, Heymendhal y Ca., no conformándose con esta resolucion, ocurrieron al Juzgado Nacional pidiendo se dejara sin electo.

Dijeron que habian hecho su manifestacion con arreglo á los precios de las tarifas recibidas; que el tribunal de Vistas carecia de la competencia correspondiente al caso; que para evitar pleitos proponian someter el artículo al exámen de personas competentes, nombrándose un perito por cada parte.

Conferida vista al procurador fiscal, dijo este que debia estarse á la calificacion del tribunal de Vistas habiendo al respecto jurisprudencia establecida por varios fallos de la Suprema Corte.

Fallo del Juez Seccional.

Buenos Aires, Agosto 12 de 1872.

Por los fundamentos espuestos por el procurador fiscal en su vista anterior, se confirma la resolucion de f.

2 del Sr. Administrador de Aduana, En su consecuencia devuélvanse los antecedentes, despues de pagadas las costas y repuestos los sellos.

Ugarriza.

Interpuesto y concedido libremente el recurso de apelacion, Bemberg, Heymendhal y C', expresando agravios dijeron: que la sentencia del juez a quo hacia del tribunal de Vistas un tribunal infalible y sin apelacion, compuesto de jueces que serian al mismo tiempo jueces y actores, é

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Año: 1871, CSJN Fallos: 12:415 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-12/pagina-415

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