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Fallos: 12:337 de la CSJN Argentina - Año: 1871

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teriores mediante la entrega en efectivo de 64,000 $ m/c.

que era el saldo que había en esa fecha, habiéndoles facilitado esa cantidad D. Fortunato Cichero quien lo declararia si fuese necesario.

Que ademas D. José Badaraco les era deudor de 51,250 $ mc. por 205 billetes de la rifa del « Fiume di Reeco ».

por cuya cantidad lo reconvenia.

Pidió se declarase compensado el crédito de José Badaraco hasta la cantidad que reconocen sus representados, y se le condenase al pago del resto con los intereses de la mora y las costas del juicio.

Acompañó esta parte dos recibos de D. José Badaraco, fecha Noviembre 4 de 1871 y Julio 4 del mismo año, por 205 números de la rifa del « Fiume de Reeco » que recibia para venderlos; y nn documento en virtud del cual José Kadaraco se constituye fiador responsable de Antonio Delacasa y Felipe Badaraco por un buque que acababan de construir con el nombre de « Fiume di Recco » tasado en 12,009 $ Fts. entendiéndose que la garantía no tenia mas objeto que acreditar que Badaraco y Delacasa eran los verdaderos propietarios del buque. Este documento tiene la fecha de Abril 10 de 1871.

Corrido traslado de la reconvencion, Doyhienard pidió se rechazara esta con costas.

Dijo que no era cierto que hubiese recibido en la fecha 19 de Abril, ni en ninguna otra, un solo peso á cuenta de lo que le debian los demandados, lo cual por otra parte, era inverosimil, pues Cichero que no tiene fortuna, no les habia de prestar 60,000 $, y menos durante la epidemia de fiebre amarilla en que todos pensaban solo en huir con lo que pudiesen reunir, á lo cual se agrega que con 60,000 $ no se saldaba la cuenta que en esa época 10 de Abril, pasaba de 125,000 <.

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Año: 1871, CSJN Fallos: 12:337 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-12/pagina-337

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