O o E CI S u .. —VALLOS DE LA CORTE SUPREMA 6, pág. 274 y otros), se decara mo haber lugar a la queja — dedicida. Notifíquese con el original, repóngase el papel y ar"a A. Bermejo. — NICANOR G. DEL y Sonar, — M. P. Daracr. — e D. E. PAtacro—Lucas Ló+ PEZ CABANILLAS.
er — E CAUSA CDIV. | r Don Samuel de Madrid con el Gobierno de la Nación sobre E daños y perjuicios E Sumario: Sin prévia autorización legislativa, la Nación no pue| de ser demandada por indemnización de los daños y perjuicios derivados de un acto ilícito atribuido a un empleado de la Administración General de Correos y Telégrafos.
Caso: Resulta del siguiente :
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buesos Aires, Septiembra 5 de 1914.
Vistos: El doctor don Samuel de Madrid demanda al Gobierno de la Nación la indemnización de los daños y perjuicios derivados del hecho de que en circunstancias que cruzaba la calzada de ha calle Pasco Colón, fué violentamente derribado por un automóvil de la Administraión de Correos y Telégrafos, guiado por el menor Juan Antonio Diaz, resultando con lesio
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Año: 1914, CSJN Fallos: 119:414
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