CAUSA CDXVI
Doña María E. Gigena de Corvalán Mendilaharsu contra el Gobierno Nacional. por indemnización, Sobre informe in vore.
Sumario: El artículo 8 de la ley 4055 ha dejado sin efecto las «disposiciones de los artículos 181 y 218 de la ley número 50 y los artículos 4, 5 y 6 de la número 3375, modificatoria de aquélla en cuanto al informe in voce se refiere.
Caso: Lo explican las piezas siguientes:
ESCRITO
Exma, Corte:
Vicente F. López, Procurador del Tesoro, en representación del Gobierno Nacional, en los autos que le sigue doña María E. Gigena de Corvalán Mendilaharsu, a V. E. digo:
Que habiendo resuelto informar in voce ante V. E. acerca del derecho de mi parte, a V. E. pido se sirva señalarme audiencia al efecto expresado , Es justicia, etc. Vicente F, López. :
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Septiembre 8 de 1914. UA.
Visto lo solicitado en el precedente escrito, y considerando:
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la ley número 4055, el procedimiento a seguirse, en los casos como el
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Año: 1914, CSJN Fallos: 119:419
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