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Fallos: 119:28 de la CSJN Argentina - Año: 1914

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—-. TALLOS DE LA CORTE SUPREMA E -

e La CAUSA CCCXLI Xu Don Arturo F. Luzuriaga, contra la municipalidad de la capital, ES sobre reivindicación. Recurso de hecho , a Sumario : 1°—No procede el recurso extraordinario del art. 14 Re ey 48 contra una resolución que interpreta y aplica disposi- .

e ciones del derecho común, en que se fundó la demanda.

a 2. — Ante las razones que informan los artículos 2342 e inciso 1.°, 2344 código civil, las leyes de 1854 y 1865 de la E provincia de Buenos 'Aires, y el artículo 67 de la ley 1260, ne no puede exigirse en las reivindicaciones que deduzcari el Bere "Estado o las mmicipalidades los mismos requisitos que las E iniciadas por particulares; y siendo distintas las condiciones, La mo existe desigualdad ante la ley en violación del art. 16 de la IS ¡Constitución Nacional.

e Caso: Lo explican las piezas siguientes :

E
MES ° DICTAMEN DEL SF, PROCURADOR GENERAL
7 .

E ° Buenos Alres, Noviembre 26 de 1913 0 Suprema porte:

.°. El recurso de queja que se interpone es improcedente y pido | avV.E. sesirva declarar bien denegada la apelación deducida.

E Resulta de las actimciones elevadas, que el recurrente fun| dó su contestación a la demanda en disposiciones del código ciEvil, y que el debate se ha mantenido alrededor de varios articuo de ese código y de las leyes relativas al funcionamiento del É municipal en la capital,

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Año: 1914, CSJN Fallos: 119:28 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-119/pagina-28

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