Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 119:24 de la CSJN Argentina - Año: 1914

Anterior ... | Siguiente ...

ER NE 7" » —_. VALLOS DE LA CORTE SUPREMA E E fué ordenado el desalojo en el perentorio plazo de tres dias, E. por el señor Intendente Municipal; motivado este desalojo y por la imputación de actos que importaban una violación X a las ordenanzas de higiene y moralidad pública, infracción e probada según el recurrente por un procedimiento violatorio Ros del artículo 18 de ta Constitución Nacional, es decir, sin haber sido parte, y en su consecuencia sin haber sido oido, FALLO DE LA CORTE SUPREMA (1) S : . Buesos Aires, Mayo 9 de 1914 É No tratándose de recurso alguno de los previstos en la ley UC múmero 4055, y careciendo de aplicación con respecto a esta |. Cortelo dispuesto en el artículo 339 del Código de Procedimiento eno civil de que se hace mérito, no ha lugar a lo solicitado + _ A. Bermejo, — M. P. Daracr.— 'D. E. Paracio. — L. López

E ACABANILLAS.

E CAUSA COCXXXIX
— Banco Basco Asturiano del Plata (su convocatoria de acreedoy res) sobre remoción de la comisión liquidadora. Kecurso de hecho.

e Ea te miemá techo 0e dictó taéatico resolución en el recurso de hecho de- pueldo por Nicolde Giorgi contra el Intendente Municipal, por la misma causa.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

69

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1914, CSJN Fallos: 119:24 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-119/pagina-24

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 119 en el número: 24 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos