Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 119:249 de la CSJN Argentina - Año: 1914

Anterior ... | Siguiente ...

DE JUSTICIA DE LA NACION 219 :

Que e! punto de si la publicación de fs. 3 importa o no la apo'ogia de un hecho o del antor de un hecho que la ley prevé como delito, no fue materia de la apelación interpuesta a fs. 61, ni cabia que lo fuera, con arreglo a lo reiteradamente resucito.

CArt. 15, ley 487 art. 550, Código de Procedimientos en lo Criminal).

Por estos fundamentos, los concordantes de la sentencia de f<- 54. y de acuerdo con lo dictaminado por el señor Procurador ! General,


A. DErRMEJO, — NICANOR G. DEL
SoLar. — M. P, Daract. — D. E. Paracio. — L. López

CABANILLAS, ,
CAUSA CCCLNN VIII Criminal contra Javier Díaz Lobo, por infracción a la ley electoral de la provincia de Tucumán ; Sumario: No es definitiva a los fines del reirso autorizado por el art. 22 del Código de Procedimientos en lo Criminal de la capital la sentencia de un Superior Tribunal de Justicia que se limita a resolver que determinadas disposiciones de una ley provincia! no están en contradicción con la Constitución Nacienal y dispone que los autos pasen a la Sala correspondiente de mismo para el conocimiento del fondo del asunto.

Caso: Resulta del siguiente:

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

141

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1914, CSJN Fallos: 119:249 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-119/pagina-249

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 119 en el número: 249 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos