DE JUSTICIA DE LA NACION 57 criminal, es improcedente el recurso extraordinario para ante la Corte Suprema, de una reso'ución fundada en disposiciones del código de procedimientos en lo criminal que no han sido impugnados como contrarios al artículo 18 de la Constitución Nacional y cuya garantía sólo ha sido invocada al entablar el recurso, ' Caso: 1.0 explican las piezas siguientes :
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, Marzo 11 de 1912.
Vistos y considerando:
Que de las conclusiones del informe de la oficina quimiea nacional corriente a fojas 8, ratificado a fojas 15, resulta plenamente comprobado que los señores Budor hermanos emplearon en la operación de desnaturalización de cuatro mil litros de afcohol, a que se refiere la solicitud de fojas 1, un vinagre desnaturalizante de menor acidez que el propuesto en la misma so"icitud y que la muestra presentada a la administración de impyestos internos.
Que este hecho importa una contravención a los preceptos —.
de reglamentación y fiscalización consignados en el decreto reglamentario de la ley número 3761 para las operaciones de des- », naturalización de alcoholes.
Que esta contravención está sujeta a la pena de multa estabiecida en el artículo 12 de la ley número 3761, no resultando de y autos mérito suficiente para disminuir la penalidad fijada en cl presente caso por la resolución administrativa recurrida, Por esto, y de conformidad con lo dictaminado por el señor procurador fiscal, resuelvo: Confirmar, con costas, la resolución apelada de fs.... Notifíquese con el original, repónga:e e! papel y en su oportunidad, devuélvase, Miguel L. Jantus.
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Año: 1913, CSJN Fallos: 118:57
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