CAUSA CCLXXXI
Criminal, contra Felipe Santiago Elizondo y Pedro Antonio Orona, por falso testimonio; contienda de competencia negativa.
Sumario: Corresponde a la justicia nacional entender en un sumario instruido por fa'sedad en las declaraciones prestadas ante una oficina del registro civil para comprobar la edad.
de un conscripto a los efectos de un enrolamiento.
. Caso: Lo explican las piezas siguientes:
AUTO DEL SF. JUEZ FEDERAL
La Ricía, jun'o 13 de 1913.
Autos y vistos:
La denuncia que antecede, presentada por el fiscal el once del corriente, con los antecedentes que acompaña en 8 fojas útiles, por la que se imputa a los sujetos Felipe Santiago Elizondo y Pedro Antonio Orona el delito de falso testimonio, cometido ante el jefe del registro civil de la ciudad de Chilecito al declarar sobre la edad del conscripto Juan Antonio Guardia.
Y considerando:
Que el delito denunciado no es de la competencia de la justicia nacional, por cuanto no se trata de la alteración o falsificación de un documento público u oficial, o de instrumento falsificado presentado o introducido en una oficina de la Nación,
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Año: 1913, CSJN Fallos: 118:195
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