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ES 874 TALLOS DE LA CORTE SUPREMA
— jefesmilitares autores de la prisión ilegal, genera! don Cartos E, r O'Domell y juez instructor militar, teniente coronel don AgusO tín Bertanasco; no obstante del dictamen del señor fiscal. Para E el cumplimiento inmediato de lo mandado, oficiese telegráficaCO mente al nombrado señor juez instructor, transcribiendo esta re+ solución y, al solo objeto de evitar probables dilaciones en su ejef cución, pidase en la misma forma, a S, E. el señor ministro de la A guerra el cumplimiento en el acto de lo mandado, sin declinar E por esto en lo más minimo la facultad que a los jueces federales > confieren el articulo 13 de la ley número 48, de 14 de Septiembre 1 de 1863 y, especialmente para el caso sub judice, el articulo 620 del código de procedimientos en lo criminal, para intimar el cumY plimiento de sus mandatos o resoluciones, directamente, al funcionario civil o militar del caso, sin atender a las formas establecidas en el decreto de Agosto 26 de 1907, que no pueden primar sobre la ley, restringiendo esa facultad, basada en los fines de la Constitución, que asegura al poder judicial completa independen| cia para la eficacia de su acción en la esfera que le ha fijado, en W el funcionamiento armónico del gobierno, — Notifiquese origimal al ocurrente y señor fiscal, repónganse y cópiese en el libro correspondiente.
David Zambra:o.
SENTENCIA DE LA CAMARA FEDERAL DE APELACIÓN DE CÓRDOBA
Córdoba, Julio 11 de 1913.
Vistos:
El recurso de apelación interpuesto por el procurador fiscal de la sección Salta, contra la sentencia de fecha veintidós de Junio último, dictada por el señor juez federal de aquella provincia, y en la que se resuelve hacer lugar al amparo de la libertad _ del teniente coronel don Feneión Avila;
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Año: 1913, CSJN Fallos: 117:374
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