.- : FALLOS DE LA CORTE SUPREMA :
E venta, no es un título de dominio, ni tiene el carácter de E documento decisivo a los objetos del recurso de revisión.
Caso: Los documentos invocados son los decretos siguientes: — tu Julio 8 de 1882. No pidiendo el general Levalle sino el | título posesorio de las chacras que ocupa, el P, E. resuelve concedérselo, quedando a las resultas de las leyes que se Li dicten en lo sucesivo determinando los derechos de los poseedores. Dése por secretaría copia autorizada de este E decreto y hágasc saber al Departamento de Ingenieros.
Rocha, — Carlos D'Amico.
Octubre 16 de 1882. — Habiéndose ordenado ya dar título provisorio al general Levalle, expidase titulo definitivo de posesión de las chacras que ocupa en Carhué, haciendo constar que tendrá prioridad z todo otro poblador para la compra de ellas cuando se disponga su venta.
Rocha. — Carlos D'Amico, s FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Buenos Aires, Agosto 28 de 1913.
Vistos los del recurso de revisión promovido por los herederos del general don Nicolás Levalle, en los autos seguidos contra ellos por la provincia de Buenos Aires, sobre reivindicación, Y considerando:
Que con arreglo a lo dispuesto en el artículo 244 de la ley número 50, en los casos expresados en el inciso 3." del art. 241, e! término para la interposición del recurso de que se trata empezó a correr desde el día que los nuevos documentos se recobraron, en la hipótesis de que fueran de los previstos en la ley; y a este respecto los recurrentes se limitan a manifestar que aquéllos [fojas 211 vuelta, 212 vuelta y 213) estaban extravia
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Año: 1913, CSJN Fallos: 117:240
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