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Fallos: 116:426 de la CSJN Argentina - Año: 1912

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—- FALLOS DE LA CORTE SUPREMA + solver de acuerdo con el exordio, pues así será de rigurosa jus+: ticia, etc.

E Jorge Argerich. — Carlos Sarmiento.

e Hr ESCRITO DE LA PARTE DEMANDADA Ls Suprema corte: ; 5 Angel Cavagna, por la representación que tengo acreditada en el juicio que el coronel Sarmiento sigue contra la provincia de San Juan, sobre indemnización de daños, evacuando e: traslado que me ha sido conferido, ante V. E. digo:

k Según acreditan el escrito de demanda de fs. 4 y el de contestación de fs. 44 del cuerpo principal de autos, las partes entre 7 las cuales se ha trabado el litigio con cl coronel Carlos Sarmiento como actor y la provincia a quien represento como demandada en su calidad de persona jurídica.

Los actos del doctor Victorino Ortega, actual gobernador de aquel estado federal, no sen actos de la provincia en la que desempeña su mandato gubernativo, sino cuando los ejecuta dentro de los límites de su ministerio con arreglo al principio que establece el artículo 36 del código civil.

De la misma carta privada que suscripta por el doctor Benito Villanueva acompaña la contraria en el escrito en traslado:

aparece demostrado que, los despachos telegráficos que se dicen cambiados entre el gobernador de San Juan y el señor Vil'anueva, se refieren a una cuestión intima y exclusivamente confidencial, cual es la de haber solicitado el último al primero que influyera en el directorio del Banco Provincial de San Juan en el sentido de que se le diera un mes de plazo y se le concedieran otras ventajas al coronel Sarmiento para cancelar deudas por cuyo pago el Banco le ejecutaba judicialmente.

El gobernador de la provincia no puede ni debe, sin violar la majestad de la constitución local y de las leyes que han creado el Banco como entidad autónoma y como persona jurídica inde

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Año: 1912, CSJN Fallos: 116:426 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-116/pagina-426

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