o. E: ARA ba —° FALLOS DE LA CORTE SUPREMA |< E da. :
E CAUSA CXLIII
Fiscal contra el E. C. Córdoba y Rosario, sobre falsa manifestación en el despacho de aduana de unas mercaderías Spmario: Las empresa de F. F. €. C. no pueden ampararse en las disposiciones de la ley núm. 2549 y 5315 y su decreto reglamentario cuando no prueben que la mercaderia que pretendan introducir libre de derechos, sea para los usos determinados en las expresadas leyes,
RESOLUCION DEL, ANMINISTRADOR DE LA ADUANA
Rosario, Marzo de 1905, Y vistos. — Considerando :
Que de lo actuado en este expediente se comprueba todo cuanto asevera la denuncia presentada por el señor Navarro Oubiñas, pues resulta evidente que la declaración hecha para el despacho por el F. C. Córdoba y Rosario, al no expresar que las y correas eran para cargar cereales, hizo que la oficina de registros decretara el libre despacho, en la inte'igencia que se trataba de máquinas para el uso de' ferrocarril o materiales para elevadores de granos, cuando en realidad no son ni una ni otra cosa, Que en e! presente caso no se trata de materiales o articulos destmados a la construcción o exportación del ferrocarril (artículo 1.° del decreto del P. E., fecha 30 de septiembre de 1904) sino de aparatos movidos por la electricidad, los cuales están destinados para transportar bolsas con cereales desde los galpones o depósitos hasta la boca de la canaleta que las conduce al buque, lo que equivale a decir, que son la prolongación de las canaletas
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Año: 1912, CSJN Fallos: 116:342
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