general de limpieza, riego, L°rrido y alunibrado y el impuesto de afirmado.
Caso: Lo exprican las piezas siguientes:
FALLO DEL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
Córdoba, Mayo 1 1912. 
Autos y vistos:
De los que resulta que el doctor Novillo Saravia en su carácter de procurador general de la Muniicpalidad de Córdoba, — se presenta con fecha 25 de Agosto de 1911, entablando demanda de apremio contra la empresa de! Ferrocarril Central Argentino, para hacer efectivo el cobro de la cantidad de un mil seiscientos , cincuenta pesos nacionales, que por concepto de impuesto general de limpieza, riego, barrido y alumbrado, adenda la empresa a su representada; acompañando con la demanda de fs. 5, cuatro boletas visa:das por el Intendente: y para el cobro de seis mil setecientos cincuenta y mueve pesos con siete centavos nacionales, por razón de impuesto de afirmado de granito construido frente a la propiedad de la empresa según la boleta visada por el Intendente y que también acompaña con el escrito de demanda de fs. 260; cuyas demandas a pedido de partes, demandante y demandado, han sido acumuladas para su trámite y resolución, según instruyen los autos, Que fundandose las demandas en los :
arts, 125 y 126 de la ley provincial de mmnicipalidades, se ordenó librar mandamiento de embargo y requerir de pago al deudor, quien ofrece al embargo la propiedad que se detalla á fs, 12 sin hacer efectivo el pago, después de lo cual se fijó la audiencia que la ley prescribe, En esta audiencia, el doctor Novillo Saravia se ratifica en los términos de la demanda y expore además: Que la Jegalidad y justicia del cobro están definitiva y reiteradamente consagrados por los tribunales del país en el orden nacional y
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Año: 1912, CSJN Fallos: 116:261 
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