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Fallos: 114:401 de la CSJN Argentina - Año: 1910

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APA E TE VD A
a ' DE JUSTICIA DE LA NACION , su de la capital en dichos asuntos hacen ejecutoria, de acuer- a do con el artículo 4 de la ley 7055. 4 2.° No procede el recurso extraordinario del artículo 14; ley 48 contra una sentencia basada en una cuestión de hecho, ó sea "por con.iderar que no estaban porbados los i extremos alegados".

Caso: Resulta del siguiente:

FALLO DE LA CORTE SUPREMA (D) | Buenos Aires, Agosto 31 de 191 Autos y vistos:

El recurso de hecho por apelación denegada interpuesto por el procurador fiscal en los autos que sigue con el ferrocarril del Sud sobre defraudación, de sentencia pronunciada por la cámara federal de apelaciones de la capital Y considerando:

Que los asuntos de aduana están sometidos á los procedimientes penales, y con arreglo al artículo 4" de la dey nacional 7055, las sentencias pronunciadas por la cámara citada hacen , ejecutoria, Que tampoco procedería en el caso el recurso extraordinario del articulo 14 de la ley número 48 de que hace referencia á fs. 1 vuelta, porque, como resulta del informe de fs. 7, la decision absolutoria se ha basado en una cuestión de hecho, ó sea "por considerarse que no estaban probados los extremos alegados".

Enta fecha el tribunal resolvió los recursos imte: por don MaOL Ste

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Año: 1910, CSJN Fallos: 114:401 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-114/pagina-401

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