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Fallos: 114:400 de la CSJN Argentina - Año: 1910

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3 suscripto por esta República y la de Francia, (La sentencia E suprimía el albacea consular).

£ Caso: Resulta del siguiente :
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
3 Buenos Aires, 29 Azosto de 1911.

Autos y vistos:

n Considerando, que en el pleito se ha pretendido que la sentencia confirmada á fojas 174 vuelta, en cuanto suprime el albacea consular (fojas 171 vuelta), desconocía su derecho amparado por la ley nacional número 163 y el protocolo de 1889, suscripto por esta República y la de Francia, y con arreglo á lo dispuesto en el artículo 14 de la ley número 48, oido el señor procurador general, se declara mal denegado el recurso y encontrándose el expediente en esta Corte, autos y á la oficina por el término de diez dias, comunes é improrrogables, á los efectos del artículo 8.° de la ley número 4055; señalándose los días lunes y viernes para que los interesados concurran á la oficina á ser notificados, Repóngase el papel. :

A. Bermejo. — M. P. Daracr.

—L. LóPez CABANILLAS.

CAUSA LXXI
El fisco nacional contra el ferrocarril del Sud, por defraudación.

Recurso de hecho.

Sumario: 1. Estando sometidos los asuntos de aduana á los procedimientos penales, las resoluciones de la cámara federal

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Año: 1910, CSJN Fallos: 114:400 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-114/pagina-400

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