CAUSA XX
Contienda de competencia, trabada entre ei consejo de guerra para jefes y oficiales del ejército y armada y el juez federal de la capital.
Sumario: 1.° Debe considerarse trabada una contienda negativa de competencia entre un juez federal y un consejo de guerra si aquel, no obstante no dictar resolución expresa declarándose incompetente después de recibir un proceso del tribunal militar, lo había hecho ya por auto firme haciéndolo saber por oficio á dicho tribunal.
2." Los empleados de las intendencias militares se hallan sometidos por los delitos perpetrados en ejercicio de sus funciones á la jurisdicción militar, aun cuando dejen de pertenecer Áá esa administración después de la comisión de los actes delictuosos.
Caso: Lo explica el siguiente fallo:
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Marzo 30 de 1911.
Vistos:
Para decidir la contienda negativa de competencia de jurisdicción entre el consejo de guerra permanente para jefes. y oficiales del ejército y armada y el juez federal del crimen de esta capital, rehusando uno y otro conocer en el proceso criminal incoado ante la jurisdicción militar por defraudaciones que se 1eputan cometidas en las oficinas de la intendencia de guerra por empleados de esa repartición militar, oido el señor procurador genera! :
Y considerando:
Que si bien el juez federal, después de recibir del consejo
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Año: 1910, CSJN Fallos: 114:193
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