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Fallos: 112:91 de la CSJN Argentina - Año: 1909

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CAUSA LXXV
Don «Indrés Morales Márquez contra los señores Laclaustra y Sáenz, sobre nulidad de marca. Recurso de hecho Sumario: No procede el recurso extraordinario del artículo 14, ley núm. 48, contra una resolución que. sin tomar en consideración la cuestión de fondo sobre la marca objeto del juicio, se limtia á declarar la falta de personería del actor.

Caso: Lo explican las siguientes piezas:


DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Suprema corte:

La sentencia recurrida de la cámara federal de la capital, no es una sentencia definitiva, según lo afirma el mismo recurrente y sc hace notar en el informe producido por ese tribunal, según consta á ís. 7 de estas actuaciones.

kn efecto, conviene el recurrente y expresa el mencionado informe, que ante la excepción de falta de personería que le fué opuesta por la contraparte la sentencia recurrida se limitó á hacer lugar á esa excepción, con motivo de la falta de transferencia en el registro respectivo de la marca cuestiona ° favor del recurrente, absteniéndose intencionalmente de pronunciarse en definitiva, en cuanto á la imitación y nulidad de la marca, que era el fondo del asunto.

En tal concepto, si bien se han discutido disposiciones de una ley del congreso (de marcas de fábrica), la sentencia

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Año: 1909, CSJN Fallos: 112:91 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-112/pagina-91

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