CAUSA LXXVI
Criminal, contra Juan Galuppo, por substracción de correspondencia Sumario: El delito de substracción de correspondencia que contiene dinero, se halla regido por el artículo 53 de la ley nimero 49, de 14 de Septiembre de 1863, designando los crimenes cuyo juzgamiento compete á los tribunales nacionales, y no por el artículo 144, inciso 1". de la ley de correos, número 816 Caso: lo explican las siguientes piezas:
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Santa Fé, Agosto 27 de 1908 Y vistos:
El proceso seguido contra Juan Galuppo, de 26 años. soltero,. italiano, empleado y domiciliado en Rafaela, de esta provincia, por substracción de correspondencia,
RESULTA
1". En Julio del año pasado, á las 6.30 a. m., el jefe de la oficina de correos y telégrafos de Rafaela, se presenta á la policia y denuncia:
Que venía notando la substracción de correspondencia en su oficina, y el día antes tuvo conocimiento, por uno de los empleados, que faltaban dos cartas del casillero á Fortín Tostado, sospechando que el autor fuera Juan Galuppo.
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Año: 1909, CSJN Fallos: 112:93
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