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Fallos: 112:383 de la CSJN Argentina - Año: 1909

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al demandado del derecho que le acordaba la autorización de 21 de Septiembre de 1903, antes mencionada, en lo que se refiere al uno por ciento adicional, cuya eficacia se desconoce en el caso sub judice, y convirtiéndolo en un verdadero asegurador, sin derecho á cobrar primas ó su suplemento al precio ordinario del transporte; y sin que impuesto formalmente del valor extraordinario que se le entrega para su conducción, pueda tomar las precauciones de seguridad convenientes, que demandarán sin duda desembolsos de mayor ú menor importancia.

Que si bien es posible que se presenten dificultades para el justiprecio de los efectos ante enunciaciones deficientes ó incompletas de la carta de porte y reciba por ello un perjuicio el cargador, es de tenerse en cuenta que éste se halla en el deber de hacer declaración previa del número, peso y calidad de las mercaderías que remita, como expresamente se lo ordena el art. 47 de la ley 2873; y que la prueba amplia y sin restricciones acerca del valor de los efectos para destruir la presunción de que ellas son de las comunes ú ordinarias de su respectiva especie Ó clase, expondria frecuentemente á las empresas ferroviarias á indemnizaciones que no guardan relación alguna con la utilidad que para ellas represente un acto determinado de transporte y beneficiaría al cargador con sus propios actos de infracción á la ley.

Que la carta de porte de fs. 42, se limita á especificar la especie de animales transportados, ó sea lanares, sin que en la misma se haya expresado que ellos fueran de alguna de las variedades de mayor valor de dicha especie.

Por estos fundamentos se revoca la sentencia de fs. 158, y se declara que la responsabilidad del ferrocarril Oeste, debe determinarse con sujeción á las enumeraciones contenidas en la carta de porte de fs. 42, en cuanto ella determina la especie de animales transportados sin atribuirles una calidad especial.

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Año: 1909, CSJN Fallos: 112:383 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-112/pagina-383

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