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Fallos: 112:273 de la CSJN Argentina - Año: 1909

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DE JUSTICIA DE La NACION - Mm 3 1864 fué para Saroli, lo que se acredita por la escritura del año + 1867, hecha por Núñez en favor de éste.—Sabese además el mis- i mo testigo, que don Ignacio Petry estuvo en el campo con una majada de ovejas, con permiso de Saroli, y sabe también que don Juan Oviedo, ocupó varios años con permiso también de Saroli, :

para quien poscía la parte del frente del campo, ó sea la que da al Río Paraná.

El testigo Cantalicio Roldán manifiesta también la posesión de Saroli, afirmando que su señora madre, arrendó el campo del señor Saroli, antes y después de haberlo vendido don Rufino Núnez.

En esta parte la declaración de este testigo condice con la de Escobedo, cuando éste manifiesta que Saroli, después de llegar á un rancho que estaba en su campo, y de entenderse con una señora, le manifestó que andaba cobrando los arrendamientos.—Di- :

cha señora á quien reclamaban arrendamientos, era la madre de | Cantalicio Roldán, según consta de autos. :

Este mismo testigo reconoce también que Petry estuvo en el campo con una majada de ovejas que bebían en el Río Paraná.

Como se ve estas declaraciones corroboran el hecho de la :

posesión de Saroli (artículos 2352, 2353, 2461. 2446, 2447, 2448 | y 2449 código civil). | Son concordantes entre si en cuanto tienden todas á confirmar los hechos posesorios por actos materiales de aprehensión y | percepción de frutos, perfectamente determinados é individualizados (artículos 2351, 2373, 2374, 2377, 2379. 2380, 2383 y 2384 código citado). :

Se trata de testigos libres de toda tacha, que dan razón de :

suis dichos, y que por su edad y por sus condiciones personales, son dignos de todo crédito. | El testigo don Ignacio Petry, que afirma un hecho personal, de una suma importancia para los actores, y cuyo testimonio apa- r rece corroborado por las declaraciones de Escobedo y Roldán, es i ¡a

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Año: 1909, CSJN Fallos: 112:273 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-112/pagina-273

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