- CAUSA CXXI , Provincia de Mendoea contra la Compañia de Ferrocarriles Gran Uu . __ 2, Y Oeste Argentino y Buenos Aires al Pacífico, por expropiación; sobre competencia. ° .
Sumario: 1.9 Corresponde á la jurisdicción originaria de la corte suprema, por razón de las personas, el conocimiento de .
un juicio de expropiación iniciado por una provincia contra —.
"una "empresa de ferrocarril, cuyo administrador general tiene su domicilio en la capital federal, aún cuando se trate de una expropiación de carácter local, autorizada por una ley de provincia. . . N 2.5 Tratándose de un juicio de expropiación, no tiene aplicación lo dispuesto en el inciso 4.9 del artículo 90 del código Civil, que crea un domicilio especial en el lugar de las sucursales de una compañía, para solo la ejecución de las obligaciones allí contraídas por los agentes locales de la sociedad. " - .
Caso: Lo explican las piezas siguientes : ss
DICTAMEN DEL SENOR PROCURADOR GENERAL
- . - Buenos Aires, Mayo 12 de 1908, Supremo Corte: , - .
Los informes remitidos por el señor juez de primera instancia . en lo Civil, Comercial y de Minería de la provincia de Mendoza
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Año: 1908, CSJN Fallos: 110:293
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