días, ordenándose, en el interin, el embargo de las maderas.
El Juez dictó la órden de embargo bajo la responsabilidad del demandante, pudiendo el demandado exonerarse de él, consignando el flete, 6 añanzándolo á satisfaccion.
Altes y Roig presentó los siguientes documentos:
El contrato de fletamento, Un pagaré de Ferrier á favor de él por 832 1/2 pesos fuerles por valor recibido en efectivo por cuenta de Ñetes.
Unrecibo del mismo por valor de 60 ps. fts. por cuenta de fees.
Una protesta contra el mismo por estadias de lanchas, gastos y perjuicios por la demora causada por él en la descarga.
Un holeto de depúsito en el Banco de la Provincia de 907 ps. fis. 50 cis.
Dijo, que habia pagado mas de la tercera parte del flete; que el capitan se habia resistido á la descarga; que con el referido depósito completaba el importe del fete y pidió :
1° se levantara el embargo. —2" se le admitiera la protesla contra Ferrier. — 3" se le intimara bajo apercibimiento la continuacion de la descarga.
Ferrier manifestó que el depósito completaba el importe del Mete, que á mas de eso se le debian 136 ps. fis. por gastos, segun cuenta reconocida; que se le debian tambien las estadías por el tiempo empleado en la descarga.
Se ordenó el desembarco y se celebró un comparendo en el que se reconoció la partida de los 136 ps. fts., se convino en la continuacion de la descarga"y se corrió traslado sobre el cobro de la estadías.
Altes y Roig contestó al traslado diciendo: que Ferrier habia faltado al contrato admitiendo solo 200 toneladas, LL a ———————— r——Ñiz 0
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Año: 1871, CSJN Fallos: 11:358
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