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Fallos: 11:357 de la CSJN Argentina - Año: 1871

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DE JUSTICIA NACIONAL. 357 acuerdan al cargador el privilegio sobre el buque y el Mete. 7° El capitan tiene derecho de exigir el embargo de la carga, 6 una Ñanza para garantia de la accion entablada sobre pago de estadias.

Caso.— Don Antonio Altes y Roig fetó el bergantin « Espérance », capitan D. Pablo Ferrer, para el trasporte de unas piezas de madera desde Corrientes hasta Buenos Aires.

En el contrato de fetamento (fecha de Paraná, Agosto 6 de 1871 ) se estipuló :

Que el fetador no podria cargar Mas Que 300 toneladas en peso; Que el Mete seria de 1,800 ps. fis., pagadero, hecha que fuese la fel descarga; Que despues de principiar la descarga, el Nelador pondria 4 disposicion del capitan la tercera parto del Mete; Que se concederian al cargador 19 dias para la descarga, contados al dar fondo el buque en el puerto de la descarga, y resultando demora se pagarian 20 pesos fuertes por dia.

Ferrier, á los doce dias despues de empezada la descarga, se presentó al Juzgado de Seccion con el conocimiento do 370 piezas do madera á la órden de Altes y Ruig, dijo que habia recibido la tercera parte del flete, que no conocia al cargador ninguna responsabilidad, que no sabia tampoco su domicilio, que lo que quedaba 4 bordo no alcanzaba á cubrir el resto del flete cuyo importe era de 1,80) ps. fis., y pidió que con arreglo al art. 1115 del Código de Comercio se ordenase el pago, afianzamiento ó despósito de dicho importe y de las esta- | 1 o ———— ;RE

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Año: 1871, CSJN Fallos: 11:357 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-11/pagina-357

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