CAUSA XVI.
El señor Procurador General contra el Dr. D. Saturnino M.
Laspiur, sobre personería.
Sumario.—La disposicion legal que prohibe á los jueces ser abogados ó procuradores en pleitos de otros individuos particulares, no se refiere 4 las causas criminales en que, por el inmediato vinculo de parentezco entre el compareciente y el representado, deban considerarse como causas propias.
Coso.—El Dr. D. Saturnino M. Laspiur, se presentó :
ante la Suprema Corte y espuso:
Que habiendo su hermano el Provisor y Dean de la Iglesia Catedral de Cuyo, Dr. D. Braulio Laspiur, interpuesto apelacion de la sentencia pronunciada por el señor Juez Nacional de Seccion de la Provincia de Sus Juan, en la causa que se le habia seguido por supuesta defraudacion de rentas nacionales, y nombrado apud acta de apoderado al Sr. D. Juan P. Albarracin, el cual se hallaba ausente, ofrecia voz y caución por dicho su hermano; y
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Año: 1871, CSJN Fallos: 11:267
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