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Fallos: 109:382 de la CSJN Argentina - Año: 1908

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382 _ FALLOS DE LA CORTE SUPREMA relación á sus bienes, según el artículo 1436 del código de Comercio, disponiéndose en el artículo 12. inciso 1.9 de la . - , ley de jurisdicción y competencia número 48, que en todos los juicios universales de concurso de acreedores y partición de herencia, conocerá el juez competente de provincia, cualquiera que fuese la nacionalidad 6 vecindad de los directa- ° mente interesados en ellos, y aunque se deduzcan allí acciones fiscales de la Nación.

Que en el caso, la parte de Gigena ha promovido ejecu-.

ción contra la empresa «Teatro Argentino», por el importe de °- la liquidación de foja 285, estando ese juicio pendiente de la realización del bien embargado. .

Que no es así, de aplicación lo resuelto en la causa que se ' cita, seguida por el Banco Nacional en Liquidación contra doña Rafaela Imbelloni, en la que se manifestaba por el juez de la ejecución, que solo faltaba escriturarse la propiedad vendida, sin perjuicio de que los fondos pasarán á disposición del concurso.

Por. estos fundamentos, oido el señor procurador general, se declara, que el conocimiento de la ejecución seguida por don Benjamín Gigena contra la sociedad «Teatro Argentino», corresponde al juez de 1a instancia de La Plata, á quien se remiti rán los autos dando al señor. juez federal de aquella sección el correspondiente aviso. o Notifíquese con el original y repóngase el papel.

A. BERMEJO. — Octavio Bun-.

- — eE.—C. Moyano Gacirúa ,

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Año: 1908, CSJN Fallos: 109:382 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-109/pagina-382

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