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Fallos: 108:123 de la CSJN Argentina - Año: 1908

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ó sea el terminal del límite 5. O. de dicho lote, cuyo mojon se encuentra proximamente 4 setecientos metros al 5. O. del arroyo Chacabuco» (pág. SI, Diligencia de mensura de Encina y Moreno). La solicitud contenía, además, otras indicaciones para practienr la mensura, haciéndose siempre referencia ú la mensura Encina y Moreno; y la dirección de tierras y colonias resolvió de conformidad con lo solicitado, decretando:

«como se pide, pase á la Dirección de Geodesía ú sus efectos».

Dicha Dirección dió las instrueciones del caso estableciendo en su artículo segundo lo siguiente: «La ubicación del terreno á medir se hará apoyándose sobre el costado Sud Oeste de la fracción de terreno de cinco mil doscientos sesenta y siele hectáreas, entoree areas, que como parte de mayor extensión se adjudicó en propiedad á don Jorge Newbery, estableciéndose los demás limites en la formo expresada por el interesado en su eserito de la fecha. Como la mensura de la fracción del señor Newbery no se ha efectuado anu, el agrimensor deberá ubicar previamente la superficie de esta fracción en la forma que ha sido determinada en el expediente respectivo resgistrado en esta repartición con el num, 1750 letra n año mil ochocientos noventa y nueve, á cuyo efecto partivá del mojon señalado con el número ochenta y dos en el plano de la mensura practicada por los ingenieros señores Encina y Moreno, el cual está situado sobre el Jimite Sud Oeste del lote sín número de la sección NXNVIL, El señor Jones en su demanda solicita que se deciare judicialmente que el mojon ochenta y dos debe colocarse ú una distancia de setecientos metros del arroyo Chacabuco, Tal pretensión es aceptable y se encuentra fundado extensamente en el informe del perito señor Olnscoaga de fs. 37, Dicho perito establece que el mojon ochenta y dos, según los peritos Encina y Moreno, se hallaba situado en Zas nacientes del Kio Limay y á setecientos metros del arroyo Cha

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Año: 1908, CSJN Fallos: 108:123 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-108/pagina-123

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