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Fallos: 108:122 de la CSJN Argentina - Año: 1908

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tivo, Jones tiene derecho 4 exijir que In ubicación se haga con arrreglo al plano oficial, 5° Que el demandante pide que la nbicación de los terrenos se haga conforme ú las instrucciones expedidas por la oficina de Geodesia, según las cuales la mensura correspondiente ha de partir del mojón ochenta y dos situado á setecientos metros del arroyo Chacabuco, y 10 á cineo mil metros de ese arroyo.

Es indudable que la mensura de diez mil hectáreas neordadas al demandante debe Nevarse 4 enbo de aenerdo, con las instrueciones de la Oficina técnica respectiva.

Las cuestiones que pueden ofrecer dificultades son las relativas ú la ubicación del mojón ochenta y dos. y si corresponde declarar judicialmente que la mensura empieza desde dicho mojon al cual se le debe dar la nbicación determinada por el actor.

Desde Juego, ténzase presente que dicho mojón no existe sobre el terreno. Por consiguiente, para empezar la mensura de las cineo mil doscientas sesenta y sicte hectáreas y entorce areas con que deben completarse las quines mil hectáreas de Newbery, habría que tijar, primeramente sobre el terreno el punto que corresponderá al mojón nombrado, Sin embargo de los errores de que pueda adolecer la mensura y el plano de los ingenieros Encina y Moreno, las ubienciones de las tierras en el territorio del Neuquen, se hau hecho sujetándose á dicho plano, Como el señor Jones tenia que ubicar los enmpos adquiridos del Gobierno, solicitó las instrueciones oficiales del enso, las que le Meron dadas.

El señor Jones al solicitar las instrneciones para la mensura decía: + Pido al señor director quiera dar como punto de partida el mojon núm. ochenta y dos de la mensura de la sec.

ción treinta y ocho, que es el esquinero del lote sin número

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Año: 1908, CSJN Fallos: 108:122 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-108/pagina-122

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